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MASCOTAS

Consultar aquí los requisitos que necesitas para que puedas viajar sin inconvenientes con tu mascota.

TRASLADO DE MASCOTAS

TRASLADO DE MASCOTAS

POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS

• LASER Airlines acepta animales vivos para su traslado por vía aérea, en vuelos nacionales e internacionales, a los denominados lazarillos y apoyo emocional (no trasladamos mascotas de servicio), única y exclusivamente en cabina de pasajeros.

• No se aceptará animales vivos (AVIH) para su traslado por vía aérea en vuelos nacionales o internacionales, en compartimiento de carga. 

• A partir del 1 de septiembre de 2022 todo pasajero que viaje con mascota de apoyo emocional en cabina, deberá cancelar por el servicio en rutas nacionales el monto de USD 20 y en rutas internacionales USD 100. 

• En la ruta de MADRID el monto será de USD 120.

El cobro de estos montos se realizará directamente en aeropuerto, una vez verificada la documentación requerida para el traslado de la mascota en cabina.

Nota: no aplica para pasajeros que viajen con lazarillos. Queda exonerado el pago del servicio de traslado de mascota.

• Se aceptarán pasajeros con mascotas de apoyo emocional en cabina con un peso máximo de 8 kg. incluyendo el kennel blando, tanto en vuelos nacionales como internacionales.

• A fin de garantizar la seguridad operacional y de los pasajeros por vuelo, solo serán aceptados un total de tres (3) animales. 

• Se prohibirá el traslado de animales vivos que, por sus características particulares tales como mal olor o ruido, puedan ser molestos para el resto de los pasajeros y la tripulación.

• No se admitirán animales en estado de gestación, dependientes de la madre, o que hayan dado a luz en las últimas 48 horas. (Esta información podrá ser validada con el certificado vigente del médico veterinario).

• No se aceptará el uso de sedación en animales, ya que se desconocen los efectos secundarios y colocándolos en un estado de vulnerabilidad ante los posibles movimientos bruscos de la aeronave.

• Solo se aceptará como animales de apoyo/asistencia emocional única y exclusivamente a perros y gatos.

• No se transportarán animales vivos en cabina de pasajeros, a excepción de los denominados perros lazarillos y apoyo emocional, siempre que estén debidamente certificados y presenten la documentación legal reglamentaria vigente.

• No podrán ser transportado en rutas nacionales e internacionales, perros o gatos menores de 4 meses de nacido. 

• Solo son aceptados como animales lazarillos únicamente a perros, de acuerdo a los parámetros establecidos en las normas legales y aplicables y previo cumplimiento de los requisitos exigidos por LASER Airlines. 

• Los animales de apoyo emocional deben ser sociables o al menos no agresivos con otras personas o animales. 

• Los perros lazarillos que acompañen a personas con discapacidad visual, auditiva o motora, tienen derecho a que permanezcan en compañía de su propietario y con uso de un bozal durante todo el vuelo. 

• El pasajero deberá notificar al momento de la reserva que viajará con un perro como lazarillo o de apoyo emocional, a fin de dejar constancia en la reserva y así no exceder el límite permitido de mascotas por vuelo.

• Se aceptará un (1) perro como lazarillo o apoyo emocional por pasajero.


• A fin de garantizar la seguridad operacional y de los pasajeros por vuelos serán aceptados:

- Caso 1:

* Animales de apoyo emocional hasta a 8 kg, podrán ser aceptados dos (2) por vuelo y cada pasajero puede trasladar solo 1 mascota.

- Caso 2:

* Lazarillos de hasta 20 kg, solo será aceptado uno (1) por vuelo y será ubicado en el mamparo de la primera fila.

* Los animales perros lazarillos y de apoyo emocional NO deben ser ubicados en salidas de emergencia, pasillos o lugares donde puedan obstruir el tránsito normal de los pasajeros.

* Los animales perros lazarillos y de apoyo emocional deben permanecer durante todo el vuelo en compañía de su propietario y con el uso respectivo de arnés, bozal, contenedor/kennel blando y estar debidamente identificados.

* Los animales braquicéfalos y sus cruces NO ESTÁN RECOMENDADOS para el transporte por vía aérea. Dichos animales serán aceptados con ciertas restricciones y el pasajero deberá llenar el Certificado del Expedidor para Animales Vivos. 

• La documentación requerida para el traslado de un animal lazarillo y de apoyo emocional para vuelos nacionales:

- Certificado de adiestramiento como perro lazarillo y de apoyo emocional.

- Documento emitido por un médico especialista con licencia que declare que el pasajero padece de condición psicológica o emocional que amerite el apoyo de un animal. El mismo no debe tener más de un año de emisión.

- Certificado de salud sanitario del país de origen (expedido por un médico veterinario colegiado).

- Tarjeta de vacunación (perro: sextuple canica, gatos: triple felina) o registro actualizado de las vacunas incluyendo la antirrábica.

- Permiso de movilización expedido por el INSAI.

- Certificado de desparasitación.

• Para los vuelos internacionales aplica la misma documentación solo se adiciona el permiso de importación o exportación según sea el caso.

• La documentación requerida para los vuelos nacionales e internacionales se debe presentar con un (1) juego original y dos (2) juegos de copias.

• Las especificaciones para el contenedor o kennel blando/Soft deben ser 36 largo x 33 ancho x 23 alto (médidas máximas en centímetros). Deben ser proporcional al tamaño del animal. Una vez el animal se encuentre dentro del kennel blando, este debe ser capaz de estar parado sin que su cabeza toque el techo, deben girar sin chocar con los laterales y estar acostado de una manera cómoda, ya que queremos garantizar el bienestar de su mascota.

• El contenedor o kennel no debe tener ruedas.

• Todo lo que no esté descrito en relación con la aceptación de animales de apoyo emocional, será potestativo del Director de Aeropuerto o en su defecto, el Gerente encargado de ese momento.

REQUISITOS PARA INTRODUCIR UN ANIMAL DE COMPAÑÍA DESDE UN PAÍS NO MIEMBRO DE LA UE A MADRID

Para introducir un animal de compañía desde un país tercero, deberá entrar con su animal de compañía a través de uno de Puntos de Entrada (4 de diciembre 2023) de viajeros designados, y declarar al Resguardo Fiscal de la Guardia Civil que viaja con un animal de compañía, presentando la documentación del mismo.
En aquellos casos en los que no se disponga de pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía, los animales deberán venir acompañados por:

  • Identificación con microchip: la mascota debe estar identificada mediante un microchip que cumpla con las normas ISO 11784 o 11785. Si el microchip no es compatible, el propietario debe proporcionar el lector adecuado.

Vacunación antirrábica válida: la mascota debe estar vacunada contra la rabia con una vacuna válida en el momento del viaje. La primera vacunación debe realizarse cuando el animal tenga al menos 12 semanas de edad y será válida después de 21 días.

Prueba serológica de anticuerpos de la rabia: esta prueba debe realizarse al menos 30 días después de la vacunación y, posteriormente, esperar un período de tres meses antes de viajar. 

Certificado zoosanitario de la UE: emitido por un veterinario oficial del país de origen dentro de los 10 días previos a la llegada a la UE. Este certificado es válido para viajar entre países de la UE durante cuatro meses o hasta que caduque la vacuna antirrábica, lo que ocurra primero. 

Declaración escrita del propietario: indicando que el traslado de la mascota no tiene fines comerciales.